miércoles, 24 de octubre de 2012

Ultimas Exposiciones de trabajos 22/10/2012


Esta tarde vamos a seguir las exposiciones de los trabajos que quedaban por exponer.
El primero de los dos que quedaban a sido el trabajo  sobre  Sociedad Anónima Laboral os muestro un cuadro resumen de lo expuesto:
Forma jurídica
Sociedad Anónima Laboral
Definición
Sociedad Anónima en la que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ella servicios por los que son retribuidos de forma personal y directa, y cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
Legislación
Ley 4/ 1997 de 24 de marzo de Sociedades Laborales. En lo no previsto por esta ley se aplicará el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Capital Social mínimo
60.000,00 €. Desembolso mínimo 25%
Número de socios
Mínimo tres.
Personalidad
Jurídica
Responsabilidad
Limitada al capital aportado
Denominación Social
Deberá figurar la indicación "Sociedad Anónima Laboral" o "SAL".
Constitución
Escritura Pública
Registro Mercantil
Inscripción obligatoria. Deberá aportarse el certificado que acredite que dicha sociedad ha sido calificada como laboral el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su caso, por las CC.AA. y su inscripción en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
Régimen Fiscal
Impuesto de sociedades
Órganos de Administración
Junta General y administrador/es o Consejo de Administración

El otro trabajo expuesto a sido la Sociedad Cooperativa, dejo mas abajo un resumen  de lo expuesto:
Forma jurídica
Sociedad Cooperativa
Definición
Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Legislación
Ley General de Cooperativas 27/1999, de 16 de julio y las legislaciones propias de cada comunidad autónoma.
Capital Social mínimo
Fijado en los Estatutos
Número de socios
Cooperativas de primer grado mínimo: tres socios
Cooperativas segundo grado mínimo: dos cooperativas
Personalidad
Responsabilidad
Limitada al capital aportado
Denominación Social
Será exclusiva. Incluirá necesariamente "Sociedad Cooperativa" o "S. Coop.". Reglamentariamente podrán establecerse sus requisitos.
Constitución
Escritura Pública que se inscribirá en el Registro de Sociedades Cooperativas
Registro Mercantil
Se inscribe en el Registro de Cooperativas.
Régimen Fiscal
Impuesto de sociedades, régimen especial
Órganos de Administración
Asamblea General, Consejo Rector e Intervención

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