Hoy se ha
hablado sobre los impuestos que paga una
empresa y el profesor nos ha expuesto 3.
EL IVA, IS, IRPF.
IVA
El I.V.A. es
el Impuesto al Valor Agregado. Es un impuesto que le paga al Estado
cada vez que se compra la mayoría de los productos, y esto es así porque hay
determinados bienes y servicios que la ley exime de pagar en alguna o todas las
etapas de comercialización. Por ejemplo la edición de libros, los folletos, los
diarios, el pan común, la leche sin aditivos, etc. Esto lo dispone el Estado a
través de un organismo oficial (A.F.I.P. => Administración Federal de
Ingresos Públicos).
Todos los comerciantes y en general todos los
trabajadores autónomos (los que trabajan por su cuenta y no en relación de
dependencia) tienen asignado un número de C.U.I.T. (clave única de
identificación tributaria).
IS
El Impuesto
de Sociedades es un tributo perteneciente
al sistema tributario español, de carácter
periódico, proporcional, directo y personal.
Grava la renta de las
sociedades y demás entidades jurídicas. Está regulado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
IRPF
El IRPF
2013 o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto personal
y directo que se graba cada año, siendo este el ciclo o etapa en la que
hablamos. Al decir que el IRPF 2013 es un impuesto personal queremos
entender que según las circunstancias particulares de cada uno, se le va
aplicar la tributación de distinta manera. Otra de las características del IRPF
2013 de las que se hace necesario hablar es que es directo, gravan sobre la
renta que cobra. El claro ejemplo contrario es el IVA 2013 que es un impuesto 2013 calificado como indirecto.
Las personas físicas que tengan su residencia de forma habitual en el territorio español están obligadas a contribuir con el IRPF 2013. Se considera que si una persona pasa más de 183 días al año en territorio español, se puede establecer que su residencia radica en este país, a no ser que en otro país ya acredite residencia fiscal. Si la actividad económica principal está en España también debe tributar el IRPF 2013 aquí aunque su residencia esté fuera.
Las personas físicas que tengan su residencia de forma habitual en el territorio español están obligadas a contribuir con el IRPF 2013. Se considera que si una persona pasa más de 183 días al año en territorio español, se puede establecer que su residencia radica en este país, a no ser que en otro país ya acredite residencia fiscal. Si la actividad económica principal está en España también debe tributar el IRPF 2013 aquí aunque su residencia esté fuera.

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